República Bolivariana de Venezuela.
En su Nombre.
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
ACTUANDO EN SEDE: Civil.
EXPEDIENTE N°:6.216-06
MOTIVO: INTERDICCION
DEMANDANTE: MARTIN RAFAEL HERNÁNDEZ TOVAR
En fecha 20 de diciembre del año 2006, el ciudadano MARTIN RAFAEL HERNÁNDEZ TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.870.198 asistido de abogado, demandó la interdicción de la ciudadana HILDA MAGDALENA HERNANDEZ TOVAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 17.062.246, de conformidad con el artículo 393 del Código Civil.
Consta haberse admitido la acción de conformidad con el artículo 733 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose la notificación de la representante del Ministerio Público del Estado Guárico, fijándose oportunidad para el interrogatorio de la interdicta y declaración de los testigos promovidos por la parte interesada. Asimismo, se acordó designar a los expertos para el examen médico psiquiátrico respectivo.
Al folio 18 del expediente consta la notificación del Ministerio Público del estado Guárico.
Llegada la oportunidad para tomarles declaración a los testigos promovidos por la parte accionante, ciudadanos Clemencia Tovar, Martín Hernández y Ángela Nieves, éstos no comparecieron por lo que declararon desiertos los actos respectivos.
Ahora bien, el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en su encabezamiento, dispone lo siguiente:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”...
Por cuanto la parte accionante no ha cumplido con las obligaciones que le impone la Ley para gestionar la continuación de la causa desde el 19/01/2007, hasta la presente, transcurriendo más de un (1) año, el Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Perención de la Instancia, en el juicio que por Interdicción sigue el ciudadano MARTIN RAFAEL HERNÁNDEZ TOVAR, de conformidad con el artículo 267, del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese y déjese copia del presente fallo
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En la ciudad de San Juan de los Morros, treinta (30) de mayo del año dos mil ocho.- (2008). Años 197° de la Independencia y 149° Federación.
El Juez,
Abg. Santiago Restrepo Pérez.
La Secretaria,
Abg. Marisel Peralta Ceballos
En la misma fecha siendo las 11:30 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.
La Secretaria,
SRP/jga.-
Exp. N° 6.216-06
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