REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. CALABOZO.

Vista la demanda presentada por la ciudadana XIOMARA ANTOLINA MATOS DE JUAREZ, Venezolana, mayor de edad, Casada, titular de la cedula de identidad Nª V-4.346.692, de este domicilio, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio EVARISTO JOSE VELASQUEZ FERNANDEZ, Venezolano, mayor de este domicilio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.340, se admite la misma por no ser contraria a las disposición del Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.-

El Tribunal procediendo conforme a lo previsto en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil pasa a decidir la presente RECITIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, y en consecuencia observa:

Que la ciudadana XIOMARA ANTOLINA MATOS DE JUAREZ, Venezolana, mayor de edad, Casada, titular de la cedula de identidad Nª V-4.346.692, de este domicilio, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio EVARISTO JOSE VELASQUEZ FERNANDEZ, Venezolano, mayor de este domicilio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.340, intento ante este Tribunal la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Acta de Nacimiento llevada por la Registradora Municipal del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, bajo el Folio 561 Vto., Acta Nº 1.118, Índice 893, del año 1.974, el error denunciado consiste en que en la respectiva Acta de Nacimiento expedida por dicho Registro Municipal, se incurrió en el error involuntario de asentar el apellido de casada de su madre fue escrito como “ANTONIA ESCOBAR DE MATO” siendo lo correcto “ANTONIA ESCOBAR DE MATOS”. Para su efecto probatorio, la ciudadana XIOMARA ANTOLINA MATOS DE JUAREZ, consignó con su demanda original de su partida de Nacimiento, expedidas por La Registradora Municipal del Municipal Francisco de Miranda del estado Guárico, copia de su Cédula de identidad, copia de la Cédula de Identidad de su madre ciudadana ANTONIA ESCOBAR DE MATOS y copia del Acta de Defunción de su madre ciudadana ANTONIA ESCOBAR DE MATOS, expedida por la Prefectura del Municipio Miranda del Estado Guárico.