En horas de Despacho del día de hoy, Quince (15) de Mayo del Dos Mil Ocho (2008), siendo las 09:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para proceder con la práctica de la Medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en fecha 03-03-08, con motivo del juicio que por ante ese Tribunal sigue el ciudadano JUAN ANDRES SANTAELLA TABLANTE, en contra de los ciudadanos RAMON DAVID CUENCA GONZALEZ Y FRANCISCA BRAVO DE CUENCA. Se traslado y constituyo este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, acompañados por el Abg. PEDRO ELEUTERIO QUINTERO SOLORZANO, Inpreabogado Nº 23.665, Apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio, encontrándonos en un inmueble ubicado en la siguiente dirección: Urbanización Brisas del Pariapan, Bloque Nº 11, Piso Nº 02, Apartamento Nº 02-05, de esta ciudad de San Juan de los Morros. Alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con fachada Norte del Edificio, SUR: Con fachada Sur Norte del Edificio y área de común circulación, ESTE: Con pared que da al apartamento distinguido con el Nº 02-07 y OESTE: Con junta de dilatación luego pared que da al apartamento distinguido con el Nº 02-03. Una vez presentes en el lugar y realizados los toques de ley no fuimos atendidos por ninguna persona. En este estado el Tribunal le concede el derecho de palabra al abogado ejecutante, quien expone: “Pido que se haga la ejecución ordenada por el Tribunal de la causa y se deje constancia de cualquier hechos o bienes que pudieran haber en el presente inmueble donde se lleva a cabo la ejecución forzosa de la sentencia. Igualmente solicito al Tribunal que se autorice al cerrajero previa identificación por este para que haga el cambio de la cerradura tanto del protector como el de la puerta principal, es todo”. Vista la solicitud del abogado ejecutante, el Tribunal procede a designar al ciudadano SIMON SALOMON BOLIVAR GOMEZ, titular de la cedula de identidad Nº 8.769.303, como Cerrajero, quien encontrándose presente en el acto, acepto el cargo y juro cumplir con los deberes inherentes al mismo, a quien se le indico que debía proceder a aperturar la puerta principal del inmueble y hacer el respectivo cambio de cerraduras. Seguidamente una vez presentes en el lugar el Tribunal deja constancia de que el inmueble se encuentra libre de bienes y personas, completamente desocupado. En consecuencia este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julián Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; HACE ENTREGA FORMAL, de un inmueble ubicado en la Urbanización Brisas de Pariapan, Bloque Nº 11, Piso Nº 02, Apartamento Nº 02-05, de esta ciudad de San Juan de los Morros. Alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con fachada Norte del Edificio, SUR: Con fachada Sur Norte del Edificio y área de común circulación, ESTE: Con pared que da al apartamento distinguido con el Nº 02-07 y OESTE: Con junta de dilatación luego pared que da al apartamento distinguido con el Nº 02-03, propiedad del Ciudadano CARLOS ALFREDO SANCHEZ ZURITA, titular de la cedula de identidad Nº 5.620.589, quien lo recibe conforme libre de bienes y personas. Es todo. Termino se leyó y conforme firman. JUEZ, (Fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; ABOGADO ASISTENTE (Fdo Ilegible) ABG. FRANK R. TORRES S; EL EJECUTANTE (Fdo Ilegible) CARLOS A. SANCHEZ Z; EL CERRAJERO (Fdo Ilegible) SIMON S. BOLIVAR G; LA ALGUACIL TEMP (Fdo Ilegible) DIANA CORTEZ Y LA SECRETARIA TEMP (Fdo Ilegible) LIGIA MARIA SOJO.