REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Trabajo del Estado Guárico. Extensión Calabozo
Calabozo, veinte (20) de noviembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: JH61-L-2007-000075
En el día de hoy, 20 de Noviembre del año 2.008, a las 09:30 horas de la mañana, se aperturó la audiencia de juicio, presidida por el ciudadano Juez JOSE FELIPE MONTES NAVAS, con la asistencia de la Secretaria abogada BEATRIZ M. CARRILLO AREVALO, del Alguacil ARCADIO CAMACHO y del Técnico Audiovisual PEDRO MARTINEZ. Constituido el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los fines de celebrarse la Audiencia de Juicio, prevista en el artículo 150 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por Cobro de Prestaciones Sociales, que sigue el ciudadano NELSON VICENTE MORILLO, cedula de identidad N° 4.719.516, contra el ciudadano MANUEL MARQUEZ TORRES y la empresa PROYECCIONES MARQUEZ MTM, C.A. Se dio apertura al acto, y se dejó constancia de la comparecencia del ciudadano MANUEL MARQUEZ TORRES, acompañado de su apoderado judicial, el abogado AQUILES EDUARDO MALUENGA, quien igualmente actúa en su carácter de apoderado Judicial de la empresa PROYECCIONES MARQUEZ MTM, C.A. igualmente se dejo constancia de la incomparecencia, de la parte demandada, ni por si, ni por representante judicial alguno. En este estado, el ciudadano Juez, declara: Vista la incomparecencia de la parte demandante, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el Primer Aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN, en el Juicio por Cobro de Prestaciones Sociales, incoado por el ciudadano NELSON VICENTE MORILLO, cedula de identidad N° 4.719.516, contra el ciudadano MANUEL MARQUEZ TORRES y la empresa PROYECCIONES MARQUEZ MTM, C.A.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano NELSON VICENTE MORILLO, cedula de identidad N° 4.719.516, contra el ciudadano MANUEL MARQUEZ TORRES y la empresa PROYECCIONES MARQUEZ MTM, C.A.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, según lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Quedan notificadas las partes de la presente decisión, en el día de hoy 20 de NOVIEMBRE DEL 2008, siendo las 09:40 am, se da por concluida la Audiencia Oral de Juicio con la firma de la presente acta. Publíquese y regístrese la presente decisión. Déjese copia certificada.
EL JUEZ,
Dr. JOSE FELIPE MONTES NAVAS
ABOG. AQUILES E. MALUENGA
Apoderado Judicial del ciudadano
MANUEL MARQUEZ TORRES y la empresa PROYECCIONES MARQUEZ
MANUEL MARQUEZ TORRES
ALGUACIL
ARCADIO CAMACHO
TECNICO AUDIOVISUAL
PEDRO MARTINEZ
LA SECRETARIA
Abog. BEATRIZ CARRILLO
JFMN/NC
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