REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, de de 2008
198º y 149º

Vista la diligencia de fecha 30 de junio de 2008, suscrita por el abogado Roger Elí Gutierrez Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 13.039, actuando en representación de la ciudadana Olivia Barreto Rodolfo, parte demandada en el presente juicio, mediante la cual solicita la suspensión de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal en fecha 19 de noviembre de 1.990; este Tribunal, en virtud de haberse declarado extinguida la instancia en fecha 08 de mayo de 2002, acuerda la suspensión de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, la cual recayó sobre el siguiente bien inmueble:
“Un área de terreno de aproximadamente diecisiete mil quinientos veinte metros cuadrados (17.520 mts2), y las bienhechurias en ella construidas, denominada granja “La Fraternidad o Maturín”, ubicada en el Municipio Petare, Distrito Sucre del Estado Miranda, comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con porción de terreno que es o fue de Delfín Martín Morillo y parte con zonas libres; SUR: Con porción de terreno que es o fue de Carlos Rosa Brusin; OESTE: Con terreno que es o fue de Augusto Kent Sykes-Bell Jr.; ESTE: Con zona libre…”
Dicho bien inmueble le pertenece a la parte demandada, según consta en documento registrado bajo el N° 7, Tomo 13, Protocolo Primero de fecha 23 de julio de 1.987., la referida medida fue decretada por este Juzgado en fecha 19 de noviembre de 1.990 y participada al registrador correspondiente mediante oficio Nº 4839 de fecha 20/11/1.990, el cual quedó agregado al cuaderno de comprobantes bajo el N° 107, folio 227, 4° Trimestre de 1.990. Líbrese oficio.
La Juez
María Rosa Martínez C.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
Exp. Nº 25279