REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, (25) de NOVIEMBRE de dos mil ocho (2008)
197º y 148º
ASUNTO: AP21-S-2008-00870
Vista la Transacción presentada por ante este Juzgado en fecha: 13 de NOVIEMBRE de 2008, y suscrita por el ciudadano JOSE ALFREDO MARTINEZ ALFARO, identificado con la cédula de identidad No. 6.285.387 parte oferida debidamente asistido por el abogado JONATHAN DOMINGUEZ e inscrito el bajo el No. 104.462, a en el INPRE bajo el No. 120.778, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente TIENDAS CASABLANCA, C.A., ya identificada, según consta de poder que cursa en autos, en el mencionado escrito celebran una transacción, en la cual describen una relación circunstanciada.
En tal sentido, quien suscribe, vista la presente transacción, suscrita por las partes anteriormente identificados actuando en su carácter de parte oferida y en su carácter de parte oferente, mediante la cual la parte oferente entrega cheque a la parte oferida, en los términos descritos en el escrito transaccional luego de examinar el contenido de la presente Transacción celebrada, constatado que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, procede de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo a impartir su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, a tal efecto, se ordenara el cierre y archivo del expediente, así como su cierre informático. Una vez que conste en autos prueba del último pago acordado. Cúmplase con lo ordenado.
El JUEZ,
CARLOS ACHIQUEZ MEZA
LA SECRETARIA
Abg. MARJORIE MACEIRA
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