REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Decisión N° 16

Asunto N° JP01-R-2008-000214
Solicitante: Carmen Díaz
Motivo: Solicitud de Vehículo
Ponente: Miguel Ángel Cásseres González
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I
Antecedentes
Con fecha 12 de agosto de 2008, el Juzgado Primero de Control de este Circuito, extensión Calabozo, a cargo de la ciudadana Merys Consuelo Loreto de Ramírez, dictó decisión interlocutoria en el asunto relacionado con la entrega del vehículo presuntamente propiedad de Carmen Yulieth Díaz, donde niega el referido pedimento (folios 11 al 15).

Contra la referida providencia ejerció recurso de apelación el Abg. Ramón Enrique Ramos Berroterán, inpreabogodo N° 23.831, quien dice ser “abogado asistente” (Sic) de la ciudadana Carmen Yulieth Díaz, (folios 2 al 5).

Como se infiere de autos, no consta que la ciudadana Carmen Yulieth Díaz, sea imputada en el referido asunto y que su defensor sea el Abogado recurrente, como tampoco consta que el recurso de apelación sea suscrito por quien alega la propiedad y titularidad del bien mueble negado por el juzgado demandado, como tampoco consta que la referida ciudadana le haya otorgado poder al confutante para que lo represente en la delación de autos, siendo por ello que el recurso es totalmente inadmisible sobre la base de lo estatuido en el artículo 437 letra “a” del Código Orgánico Procesal Penal, por carecer el accionante de la legitimidad para demandar el fallo de la recurrida de fecha 12 de agosto de 2008 ya referido. Así se decide.
II
Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Inadmisible, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Ramón Enrique Ramos Berroterán, contra el fallo del Juzgado Primero de Control de este Circuito, extensión Calabozo del 12 de agosto de 2008, que negó la entrega del vehículo marca Ford, modelo fiesta, placas KBM-64X. Se funda la decisión en el artículo 437 letra “a” del Código Orgánico Procesal Penal. Diarícese. Déjese copia certificada. Publíquese. Notifíquese a las partes. Bájese el expediente al tribunal de origen en su oportunidad legal.
El Juez Presidente (Ponente),


Miguel Ángel Cásseres González
La Juez,



Yajaira Margarita Mora Bravo
LaJuez,




Evelin Mendoza Hidalgo
El Secretario,


Engelberth Becerra
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

El Secretario,