Republica Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 7562
MOTIVO: ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO
SOLICITANTE (s): ALFREDO MARTÍN MEDINA
En relación a la solicitud de fecha 03 de julio del año 2008, suscrita por el ciudadano Alfredo Martín Medina, venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en el Municipio José Tadeo Monagas, del Estado Guárico, titular de la cédula de identidad N°: V.1.740.679, asistido de abogado, donde solicita sea declarado como Único y Universal Heredero, de su difunta madre Ana Cristina Medina, quien falleció ab-intestato el día 25 de marzo del año 2.008, en la población de Paso Real de Macaira, Municipio Autónomo José Tadeo Monagas, del Estado Guárico. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante el Juzgado de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaríbe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 04 de julio del año 2008, promovida por el mencionado ciudadano, y visto asimismo el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Con Lugar la solicitud de Único y Universal Heredero, y en consecuencia declara conforme a los autos al ciudadano: Alfredo Martín Medina, antes identificado, como Único y Universal Heredero, de su difunta madre Ana Cristina Medina, quien falleció ab-intestato, el día 25 de marzo del año 2.008, según acta N°: 003. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los cinco (05) días del mes de noviembre del año dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
La Jueza Provisoria,
La Secretaria Temporal,
Abg. Esthela Carolina Ortega Abg. Isbelia Cambera.
En la misma fecha siendo las 11: 00 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.
La Secretaría Temporal,
ECO/mcc
Sol. N°: 7562
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