REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO. EXTENSIÓN CALABOZO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de Calabozo
Calabozo, 19 de Noviembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : JP11-P-2005-003137
ASUNTO : JP11-P-2005-003137
Visto escrito presentado por el Defensor Público Penal Ordinario N° 02 (E), ABG. ALLAND UVIEDO MIRELES, en el cual solicita a este Juzgado autorización de trasladar a la ciudadana DULCE MARIA SOTO MONTERO, titular de la cédula de identidad N° 8.618.966, quien se encuentra recluida en el Anexo Femenino del Internado Judicial de San Juan de Los Morros, hasta un Centro Asistencial a los fines de que le realicen los exámenes médicos que requiera la referida ciudadana acusada en virtud de que presenta problemas de salud ya que sufre de diabetes y en el Anexo Femenino de la Penitenciaria General de Venezuela no cuentan con los equipos técnicos para la realización de los exámenes médicos a los cuales debe someterse para preservar su estado de salud. Este Tribunal, considerando dicha solicitud ajustada a derecho y en aras de salvaguardar el derecho de todo ciudadano a la salud y bienestar, acuerda autorizar el traslado de la ciudadana DULCE MARIA SOTO MONTERO, desde el Internado Judicial de San Juan de Los Morros, Anexo Femenino, hasta el Centro Asistencial donde le sean practicado los exámenes médicos que le sean prescritos por el galeno que la asista, para lo cual se ordena oficiar a la Dirección del Centro Penitenciario antes referido, para que con las seguridades que el caso amerita, se de cumplimiento a lo aquí acordado, todo conforme a lo previsto en los artículos 19, 26, 51 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese a la acusada y a su Defensor Público. Ofíciese a la Dirección del Anexo Femenino de la Penitenciaria General de Venezuela. Es todo. Cúmplase. Diarícese. Déjese copia del presente auto en los archivos del Tribunal.
LA JUEZA TERCERO DE CONTROL,
ABG. RAQUEL VILLARROEL ERNÁNDEZ
LA SECRETARIA,
ABG. YELITZA FLORES
RDVE/yf
CC/Archivo