JUZGADO DEL MUNICIPIO “JOSÉ FÉLIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.
TUCUPIDO, 11 DE NOVIEMBRE DE 2008.
198º Y 149º
Vista la exposición que antecede (F.24), realizada por ell Ciudadano: CESAR MANUEL RIVAS RAMIREZ, del Expediente N° 770-08, donde propuso como obligación de manutención en beneficio de su hija la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,00) semanales, es decir la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES ( Bs. 600,00) mensuales; y la aceptación de la misma por parte de la ciudadana: LEUDYS MARIA NAVAS., en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente , todo de conformidad con lo establecido en el articulo 383 de la Ley Orgánica de la Protección al Niño y Adolescente ; en consecuencia ordenada la apertura de cuenta de ahorros en BANFOANDES, la misma será manejada por la ciudadana: LEUDYS MARIA NAVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 18.407.413, siempre bajo la supervisión y control de esta instancia Judicial, siendo condición expresa que para tales fines (administrativos y movilización) será necesario presentar al Banco la referida autorización pertinente, otorgada por este Tribunal..- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;
Dr. Vicente Ramón Vivas Briceño.- La Secretaria Temporal;
Dayris Arvelàez Ramos.
Exp. N° 770-08
VRVB/Dayris
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