N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-001462
PARTE ACTORA: WILSON NEHOMAR MENDEZ PERNIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: VIRGINIA PEREIRA ZAMORA, EDGAR SARCOS, JESUS NAPOLEON AZOCAR, XIOMARA DIAZ ROSALES, JOSE GREGORIO FAJARDO, PILAR DE JESUS SANDEZ TRIAS
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES ESCORIAL, S.R.L.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SOLANDA DE PATIÑO y MARIELA JOSEFINA MARTINEZ BLANCO IPSA Nos: 17.942 y 110.237
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy Seis (06) de Octubre dos mil Ocho (2008), siendo las 03:00 P.M, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, este Juzgado deja expresa constancia de que la parte actora en la presente causa, constituida por el ciudadano WILSON NEHOMAR MENDEZ PERNIA, Venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°: V-15.120.200, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno. Igualmente se deja constancia de la comparecencia a la audiencia del ciudadano MARIELA JOSEFINA MARTINEZ BLANCO IPSA N°: 110.237, abogada inscrita en el IPSA bajo el N°:110.237, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, empresa INVERSIONES ESCORIAL, S.R.L., tal como consta de poder que cursa en los auto. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en los artículos 62 y 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. En Caracas, a los Seis (06) días del mes de Octubre de 2008. Años 149 ° y 198°. Igualmente este Juzgado deja constancia que hizo entrega a la representación judicial de la parte demandada, de su escrito de prueba y sus anexos, quien declara haberla recibido en este acto.
El Juez
Abg. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
La Secretaria.
Abg. Daniela González.
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en la sentencia, publicándose y registrándose la misma.
La Secretaria.
Abg. Daniela González.

Los Presentes: