REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Jueza Unipersonal 13
Caracas, 30 de octubre de 2008
197° y 148°
ASUNTO: AP51-S-2004-004495
Examinadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto y vista el acta levantada en esta misma fecha, donde la ciudadana ANGELA DEL VALLE BARRIOS OLIVARES, titular de la cédula de identidad N° V-9.731.168, solicita autorización para retirar a los niños, de la Entidad de Atención Hogar Bambi con pernocta, los fines de semana. Visto igualmente el compromiso afectivo de la mencionada ciudadana con los niños de autos y su pedimento de tenerlos en colocación en la modalidad de familia sustituta. Asimismo el derecho de estos de tener una familia consagrado en nuestra Carta Magna, en su artículo 75 en su último aparte, el cual establece: “…Los niños, niñas y adolescentes, tienen derecho a vivir, ser criados o criadas y a desarrollarse en el seno de la familia de origen. Cuando ello sea imposible o contrario a su interés superior, tendrán derecho a una familia sustituta, de conformidad con la Ley. En consecuencia esta Juzgadora Autoriza a la ciudadana ANGELA DELVALLE BARRIOS, titular de la cédula de identidad N° V-9.731.168, a retirar a los niños, los fines de semana con pernoctar de la siguiente manera: el día viernes los buscara a la Entidad Bambi, a las 2:00 p.m y los regresará el día Lunes a las 7:00 de la mañana, a la Escuela Salto de Aponguao, ubicada en San Bernandino. Por último se acuerda Oficiar a la Entidad de Atención Hogar Bambi, a los fines de comunicarles lo conducente. Líbrese oficio. Cúmplase con lo ordenado.-
La Jueza Provisoria,
Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren
La Secretaria
Abg. Sally Guerrero