Republica Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.


ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 7678
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE (s): LUIS MANUEL NUÑEZ FERMIN, ANA TERESA NUÑEZ FERMIN, NOEMI NARCISA NUÑEZ DE ADAN, VICTOR RAMÓN NUÑEZ FERMIN, RAFAEL NARCISO NUÑEZ FERMIN NARCISO RAFAEL NUÑEZ FERMIN.

En relación a la solicitud de fecha 13 de agosto del año 2008, suscrita por el ciudadano Luis Manuel Núñez Fermín, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°: V.8.999.903, asistido de abogado, donde solicita en su condición de hijo sea declarado conjuntamente con sus hermanos Ana Teresa Núñez Fermín, Noemí Narcisa Núñez de Adan, Víctor Ramón Núñez Fermín, Rafael Narciso Núñez Fermín, Narciso Rafael Núñez Fermín, y su sobrina Jenifer Elizabeth Núñez Rosas, venezolanos, mayores de edad, y titulares de la cédula de identidad Nros: V.2.522.798, V.2.523.746, V.2.518.411, V.7.280.949, V.7.280.950, respectivamente, como Únicos y Universales Herederos de la de cujus Emelina Victoria Fermín de Núñez, quien falleció ab-intestato el día tres (03) de marzo del año 2.008, en San Juan de los Morros, Estado Guárico. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por este juzgado, en fecha 22 de septiembre del año 2008, promovida por la mencionada ciudadana, y visto asimismo el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Con Lugar la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia declara conforme a los autos a los ciudadanos: Luis Manuel Núñez Fermín, Ana Teresa Núñez Fermín, Noemí Narcisa Núñez de Adan, Víctor Ramón Núñez Fermín, Rafael Narciso Núñez Fermín, Narciso Rafael Núñez Fermín, y su sobrina Jenifer Elizabeth Núñez Rosas, antes identificados, como Únicos y Universales Herederos, de la de-cujus Emelina Victoria Fermín Núñez, quien falleció ab-intestato, el día tres (03) de marzo del año 2.008, según acta N°: 161. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.


Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los diez (10) días del mes de octubre del año dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

La Jueza Provisoria,
La Secretaria Temporal,
Abg. Esthela Carolina Ortega Abg. Isbelia Cambera


En la misma fecha siendo las 11: 00 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.

La Secretaría Temporal,






ECO/mcc
Sol. N°: 7678