REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. CALABOZO.
Se inició la presente causa por escrito presentado ante este Tribunal por el ciudadano LUIS DE JESÚS ROJAS MOTTA, mayor de edad, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.628.786, asistido por el abogado PABLO DE LA CRUZ PARRA ALMAO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.899, de este domicilio, actuando en su propio nombre, donde solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento, en la cual se asentó el nombre de su madre como: “EVANGELISTA MOTTA”, siendo lo correcto “LUCAS EVANGELISTA MOTA”, por ser lo correcto, es decir, sin el primer nombre y su apellido con dos TT.-
El solicitante acompañó al líbelo de la demanda, copia certificada de su Partida de Nacimiento, expedida por el Registro Municipal del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, firmada por la Registradora Civil Abg. MARÍA ESTERINA FRATTAROLI, copia simple de su Cédula de Identidad, copia simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana LUCAS EVANGELISTA MOTA HERNÁNDEZ, copia certificada de partida de nacimiento a nombre de la ciudadana LUCAS EVANGELISTA, expedida por el Registro Municipal del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, firmada por la Registradora Civil Abg. MARIA ESTERINA FRATTAROLI y copia simple de los Datos Filiatorios, expedida por la Oficina Nacional de Identidad y Extranjería Ministerio del Interior y Justicia, San Juan de los Morros Estado Guárico, firmada por el Jefe de la Oficina ONIDEX, T.S.U. IRAIMA J. PÉREZ O., correspondiente a la ciudadana LUCAS EVANGELISTA MOTA HERNÁNDEZ, marcada con la letra “E”.-
Por auto de fecha 18 de Diciembre de 2007, se admitió la demanda, se libro Cartel de Emplazamiento, emplazando a todas aquellas personas que pudieren tener interés en el procedimiento y boleta de Citación al ciudadano Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-
En fecha 06 de Febrero de 2008 consta diligencia presentada por el ciudadano LUIS DE JESÚS ROJAS, asistido por el abogado PABLO DE LA CRUZ PARRA ALMAO, consignando Cartel de Emplazamiento, publicado en el Diario “EL NACIONALISTA”.-
Cursante al folio treinta y nueve (39), consta diligencia del Alguacil dando cuenta de la citación del ciudadano Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de Los Morros.-
Por auto de fecha 12 de Agosto 2008, el Tribunal dejó constancia del vencimiento hecho en el referido cartel sin que haya comparecido persona alguna, declarando la causa abierta a pruebas por el término de diez (10) días de despacho.-
Para demostrar sus afirmaciones de hecho la parte demandante promovió: el mérito favorable de los autos. Reprodujo el valor probatorio en todos y cada uno de los recaudos acompañados al libelo de la demanda y que corren insertos como instrumentos fundamentales de la presente Rectificación.-
De los elementos probatorios traídos a los autos por la parte demandante, aparece que la misma es procedente en derecho y así se declara, tal como se expondrá en la parte dispositiva del presente fallo.-
Como corresponde dictar sentencia, el Tribunal lo hace previa las siguientes consideraciones:
Que la demanda está legalmente fundada y que constituyen plena prueba los recaudos acompañados a la misma, copia certificada de su Partida de Nacimiento, expedida por el Registro Municipal del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, firmada por la Registradora Civil Abg. MARÍA ESTERINA FRATTAROLI, copia simple de su Cédula de Identidad, copia simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana LUCAS EVANGELISTA MOTA HERNÁNDEZ, copia certificada de partida de nacimiento a nombre de la ciudadana LUCAS EVANGELISTA, expedida por el Registro Municipal del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, firmada por la Registradora Civil Abg. MARIA ESTERINA FRATTAROLI y copia simple de los Datos Filiatorios, expedida por la Oficina Nacional de Identidad y Extranjería Ministerio del Interior y Justicia, San Juan de los Morros Estado Guárico, firmada por el Jefe de la Oficina ONIDEX, T.S.U. IRAIMA J. PÉREZ O., correspondiente a la ciudadana LUCAS EVANGELISTA MOTA HERNÁNDEZ, marcada con la letra “E”; motivos por lo que la acción deducida es procedente en derecho, y debe declararse la rectificación de la Partida de Nacimiento en los términos que se expondrá en la parte dispositiva de esta decisión.-
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