REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL MERCANTIL AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.- AÑOS: 198° DE LA INDEPENDENCIA Y 149° DE LA FEDERACIÓN.-

Vista la solicitud presentada por el ciudadano GIOGERANT JESÚS RICO FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.909.068, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LEOBARDO R. MONTOYA F., venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.970 y de este domicilio, se admite la misma por no ser contraria a las disposición del Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.-

El Tribunal procediendo conforme a lo previsto en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil pasa a decidir la presente RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO y en consecuencia observa:

Que el ciudadano GIOGERANT JESÚS RICO FERNANDEZ, intentó ante este Tribunal la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, la cual corre inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por ante la antigua Prefectura de la Parroquia Guardatinajas Distrito Miranda (antes) durante el año 1990, asentada bajo el Acta N° 113, folio 057, hoy Registro Civil de la Parroquia Guardatinajas del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico; el error denunciado consiste en que en la referida partida de nacimiento levantada por ante dicha Prefectura, se incurrió en el siguiente error: Se asentó por error involuntario el primer nombre del padre como: “GIOMAR”, siendo el nombre correcto “YIOMAR” es decir, lo correcto es con la letra “Y” y no con la letra “G”, igualmente se asentó el nombre del solicitante como: “CIOGERANT” siendo el nombre correcto “GIOGERANT”, lo correcto es con la letra “G” y no con la letra “C”. Para su efecto probatorio consignó, copia certificada de su partida de nacimiento, procedente del Registro Civil de la Parroquia Guardatinajas, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, marcada con la letra “A”; copia simple de la Cédula de Identidad de su padre, marcada con la letra “B”; copia simple de la ficha de inscripción en el registro civil, expedida por la Prefectura de la Parroquia Guardatinajas, marcada con la letra “C”; copia simple de su Cédula de Identidad, marcada con la letra “D”; constancia de estudios expedida por la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada (U.N.E.F.A.) Núcleo Caracas Chuao y constancia de buena conducta a su nombre, expedida por la descrita Universidad; documentos probatorios anexados para su rectificación.-