REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 20 de Octubre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2004-000074
ASUNTO : JP21-P-2004-000074


AUTO QUE ORDENA LA PRACTICA DEL ANALISIS DACTILOSCOPICO , SOLICITADO POR EL CNE
PENADOS: JAIRO DE JESUS AGUIRRE Y LOZANO NAVAS EZEQUIEL

Por recibido y visto OFICIO NRO. 2133-2008, enviado por Consejo Nacional Electoral, y del cual se le dio cuenta a la Juez en esta misma fecha 20-10-2008, mediante el cual solicitan se realice un ANALISIS DACTILOSCOPICO, a los Penados: JAIRO DE JESUS AGUIRRE MUNERA Y LOZANO NAVAS EZEQUIEL, por cuanto el Numero de cédula de los mencionados penados, a saber V- 10.080.339 Y V- 9.154.536, respectivamente, no coincide con los datos del elector que esta inscrito en el Registro electoral.- El Tribunal revisadas las presentes actuaciones, observa que el número de cédula señalado, es el numero con el cual se vienen identificando los penados JAIRO DE JESUS AGUIRRE MUNERA Y LOZANO NAVAS EZEQUIEL, desde el inicio de las investigaciones, por lo que el Tribunal acuerda la solicitud del CNE, y ordena realizar un ANALISIS DACTILOSCOPICO, al Penado JAIRO DE JESUS AGUIRRE MUNERA Y LOZANO NAVAS EZEQUIEL, y a tales efectos se ordena librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación de San Juan de los Morros, estado Guárico, a los fines de que le practiquen con CARÁCTER DE URGENCIA, el referido Análisis, y una vez practicado le remitan los resultados a este tribunal.- Líbrese Oficio. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION NRO. 01

ABG. MERLY VELASQUEZ DE CANELON

EL SECRETARIO

ABG. LUIS FELIPE FLORES
En esta misma fecha 2010-2008, siendo las 12. 00 meridiem ., se publicó la decisión y se dio cumplimiento al auto anterior. Conste