REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Trabajo del Estado Guárico. Extensión Calabozo
Calabozo, veintitrés (23) de septiembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º

ASUNTO: JH61-L-2007-000081

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado ROMULO ANTONIO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 86.299, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RANDIS ANTONIO RIVERO, parte demandante, cursante al folio treinta y uno (31), de la segunda pieza del expediente, el Tribunal decide lo siguiente:
En relación a las pruebas promovidas, PRIMERO, Documentales, y SEGUNDO, Testimoniales de los ciudadanos JOSE SULBARAN, NELSON MANUEL PARRAS PEREZ, ALEXIS C. TAMPERO, LUIS RAFAEL MEDINA, FREDDY EDUARDO LADERA y NELSON EMILIO SERRANO, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Y así se decide.
En cuanto al escrito de promoción de pruebas, presentado por el abogado ELIO ALBERTO RANGEL TROCELL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 98.498, en su carácter de apoderado judicial del demandado ELADIO ENRIQUE MATUTE BRIZUELA, cursante a los folios del cincuenta y cuatro (54) al cincuenta y seis (56), de la segunda pieza del expediente, el Tribunal decide lo siguiente:
En relación a las promovidas en el CAPITULO II, de las TESTIMONIALES de los ciudadanos: JOSE ANICETO LOPEZ HERNANDEZ, ALECIA YNOCENCIA PEREZ, HAIDEE DOMINGA PAEZ DE ASCANIO, MARISOL CANCINE, EULALIO MOYETONES APONTE, IRIS DEL CARMEN ABACHE PACHECO y JOSE ALBERTO MARQUINA PEÑA; en el CAPITULO III, DOCUMENTALES, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Y así se decide.
De la PRUEBA DE INFORMES, este Tribunal, niega lo solicitado, por cuanto el promoverte no señalo objeto y pertinencia de la prueba. Y así se decide.

EL JUEZ,

DR. JOSE FELIPE MONTES NAVAS


LA SECRETARIA,

ABOG. BEATRIZ CARRILLO AREVALO



N° EXP. JH61-L-2007-000081