REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL L.O.P.N.A.

En horas del día de hoy martes 16 de septiembre de 2008, siendo las 10:15 horas de la mañana, comparece por ante este Tribunal los ciudadanos: GUADARRAMA BELLO IVAN JOSE, de 44 años de edad, venezolano, de estado civil casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.827.459, de profesión u oficio CONSULTOR JURIDICO adscrito al Ministerio Internacional de Liberación y Restauración Fuerzas de Búfalo, quien devenga un sueldo mensual de cuatro mil bolívares (Bs. 4.000, oo BS), residenciado en: CALLE MIRANDA, MIRADOR DEL ESTE, CASA N° 611, PETARE MUNICIPIO SUCRE, teléfono de ubicación 256-86-80 (personal), BLANCO ARELIS JOSEFINA, de 42 años de edad, venezolana, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.403.636, de profesión u oficio COMERCIANTE, quien devenga un sueldo mensual de aproximado cuatro mil bolívares (Bs. 4.000, oo BS), residenciado en: CALLE MIRANDA, CASA N° 6, MIRADOR DEL ESTE PETARE MUNICIPIO SUCRE, teléfono de ubicación 256-88-22 (personal) y HERNANDEZ MORA CLISE ENILBA, de 37 años de edad, venezolana, de estado civil casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.219.695, de profesión u oficio ADMINISTRADORA, quien devenga un sueldo mensual de cuatro mil bolívares (Bs. 4.000, oo BS), residenciado en: MIRADOR DEL ESTE, CALLE SUCRE, CASA S/N, PETARE MUNICIPIO SUCRE, teléfono de ubicación 0414-287-60-99 (personal), quienes seguidamente expusieron: “Bajo fe de Juramento declaro ante este Tribunal: PRIMERO: Que son ciertos todos los datos que he aportado a este Juzgado, en relación a lo contenido en las Constancias de Trabajo, Constancias de Residencia y las Constancias de Buena Conducta. SEGUNDO: Que conozco al joven: IDENTIDAD OMITIDA. TERCERO: Como garantía del cumplimiento de las anteriores condiciones acepto cancelar por vía de multa las unidades tributarias impuestas, las cuales me comprometo a hacer el respectivo deposito en el SENIAT, en caso de que el adolescente evada el proceso. CUARTA: Declaro así mismo que estoy en pleno conocimiento de las responsabilidades que asumo ante este Tribunal constituyéndome como fiador para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que ha impuesto el mismo y además estoy en conocimiento de las consecuencias que pudieran acarrear la falsedad de los testimonios aquí presentados, de conformidad con lo previsto en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Terminó. Se leyó y estando conformes firman:
LA JUEZ,


DRA. MARTA RAMOS CEDEÑO

LOS FIADORES,


GUADARRAMA BELLO IVAN JOSE

BLANCO ARELIS JOSEFINA

HERNANDEZ MORA CLISE ENILBA

LA SECRETARIA,

ABG. EDITH DELGADO
Causa Nº: 1381-08
MRC/ED/jamilet.