REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico
San Juan de los Morros, diecisiete de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: JI41-V-2006-000126

Revisado como ha sido el presente asunto se evidencia del folio 19, que los ciudadanos ROSANGEL DOMINGUEZ RODRÍGUEZ y OSWALDO ENRIQUE MONTEVIDEO VALERI, ampliamente identificados en autos, llegaron a acuerdo en el acto conciliatorio, en consecuencia ésta Instancia por considerar que dicho convenimiento no altera ninguna norma de orden público y por no ser contraria al interés superior de los niños (identidad omitida de conformidad a lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes); este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley LE IMPARTE SU DEBIDA HOMOLOGACIÓN a los fines de que surta sus efectos legales y se tenga como cosa pasada con autoridad de cosa Juzgada.


Dra. Anabel Vargas Casique
Juez

Secretario