REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUARICO
Tribunal Segundo de Ejecución
San Juan de los Morros, 17 de Septiembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-P-2008-000474
ASUNTO : JP01-P-2008-000474

Visto el escrito presentado por el Abg. JUAN CARLOS PINTO, en su condición de Director General de la Oficina Nacional de Registro Electoral, donde notifica que el Penado CARLOS EDUARDO GOMEZ HERNANDEZ, al momento de proceder a inhabilitación del mismo, se constato que el número de cédula de identidad, no coincide con los datos del elector que esta inscrito en el Registro Electoral.

Se procede a una revisión de la presente causa, constatándose que efectivamente por error involuntario se cambio el numero de la cédula de identidad del penado CARLOS EDUARDO GOMEZ HERNANDEZ, colocándose la Cédula de Identidad N° V- 17.251.272, siendo el correcto el N° V- 17.272.251, error involuntario que se evidencia a partir del folio N° 95 de la presente pieza, es por lo que se ORDENA la corrección del mismo y oficiar nuevamente al Consejo Nacional Electoral con el fin de notificar la corrección de dicho error a fin de proceder con inhabilitación del referido penado. Ofíciese lo conducente.-


El Juez

Abg. Jesús Alberto Castillo
La Secretaria

Abg. Maria Astrid Carrera

En esa misma fecha se cumplió con lo ordenado.