REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSÉ FÈLIX RIBAS DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
TUCUPIDO, 29 DE SEPTIEMBRE DE 2008.
198° Y 149°
Vista la exposición de fecha 19 de Septiembre de 2008 realizada por la ciudadana: YENNY POMPEYA CORDERO LEON, cursante al folio 16 del Expediente N° 779-08, actuando en representación de sus menores hijos: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien desiste del procedimiento en la presente causa.- El Tribunal Administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su Homologación solo en lo referente al procedimiento, por cuanto esta materia involucra el interés superior del niño y del adolescente que es de carácter irrenunciable. Se ordena el archivo del presente expediente, igualmente se acuerda dejar sin efecto oficio N° 122, de fecha 11 de Febrero de 2008, dirigido al ciudadano: Rafael Trejo Ron, Propietario de la finca Las Crucetas, Jurisdicción del Municipio José Fèlix Ribas del Estado Guarico, igualmente se ordena al Alguacil de este despacho que consigne el referido oficio al Expediente N° 779-08, y estampe una nota en el libro de Correspondencia Oficial, llevado por este Tribunal, en virtud que fue dejado sin efecto el mencionado oficio. Provéase lo conducente.-
El Juez:
Dr. Vicente Ramón Vivas Briceño. La Secretaria;
Doldigrey Pulido Santaella.
Exp. N° 779-08.
VRVB/dps.
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