REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Jueza Unipersonal Nº 02
Caracas, veinte (20) de Abril de dos mil nueve (2009)
Años 199° y 150°
Asunto Nº AP51-S-2007-011820
Habiéndose revisado los términos expuestos en el convenio suscrito por las partes, esta Jueza Unipersonal Nº 02 de la del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, le imparte su aprobación y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el mencionado acuerdo suscrito ante la Fiscal Centésima del Ministerio Público ciudadana GRACIELA AGUILAR, en fecha 14 de Junio de 2007, por los ciudadanos MARIA YESENIA BLANCO INOJOSA y LUIS HERMOGENES GARCES ARDILES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N° V- 12.962.985 y V- 11.735.060, respectivamente. Expídase por Secretaría las copias certificadas que requieran las partes y remítase mediante oficio a la Oficina de Atención al Público. Se ordena el cierre y el archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA,
ABG. ROSA YAJAIRA CARABALLO
LA SECRETARIA,
ABG. SORAYA ANDRADE
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