REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Nº 2
Caracas, veintisiete (27) de abril de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO Nº: AP51-V-2004-001325
Vistas las actas procesales que anteceden el presente asunto y examinado el oficio recibido en fecha 04/11/2008, emanado de la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, mediante el cual informan que el ciudadano MARX ELY LA CRUZ MATOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V-13.159.822, egreso de dicha institución en fecha 14/03/2008; igualmente revisada la constancia de recepción de cheques Nº 473/09, emanada de la Oficina de Control y Consignación (OCC) de este Circuito Judicial, informando de la recepción de un cheque signado con el Nº 02200992, a favor de los adolescentes y el niño (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes), se ordena aperturar una cuenta de ahorro en la entidad financiera Banco Industrial de Venezuela, a nombre de los adolescentes y niños antes mencionados, asimismo se AUTORIZA, a la ciudadana YINESKA MERLINA CISNEROS INFANTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula identidad V- 14.548.936, a retirar de dicha cuenta que se va aperturar la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs.4.556,25), a razón de trece (13) mensualidades vencidas y no pagadas desde la fecha de retiro del obligado de su sitio de trabajo, hasta la presente fecha, más dos bonificaciones correspondientes al año 2008, a razón la primera de medio (1/2) salario mínimo para el año 2005, lo que equivale a DOSCIENTOS DOS BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (Bs.202,5), y la segunda bonificación de un salario mínimo para el año 2005, equivalente a CUATROCIENTOS CINCO BOLIVARES (Bs.405,00). Así mismo se autoriza a la ciudadana YINESKA MERLINA CISNEROS INFANTE antes identificada, a realizar retiros mensuales por la cantidad fijada por esta Sala de Juicio en sentencia de fecha 11/07/2005, equivalente a la cantidad de TRESCIENTOS TRES MIL BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.303,75), hasta que se agote el monto de la cuenta de ahorros que se aperturara a favor de sus hijos. Ofíciese a la Oficina de Control y Consignaciones de este Circuito Judicial, a fin de que realice las diligencias pertinentes. Cúmplase
LA JUEZ
ABG. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA
ABG. SORAYA ANDRADE
RC/SA/K
AP51-V-2004-001325
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