REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL.
Sala de Juicio Nº IV
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2007-003180
Motivo: Filiación.
Demandante: Norberto Silfrido García y Monserrate Jesús Sánchez Cedeño, de nacionalidad Ecuatorianos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad números E-81.906.440 y E-82.064.285 respectivamente.
Demandado: Maria Dolores García de Cedeño, Alberto Elias Cedeño Mendoza y Luís Alberto Cedeño García, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nros V-24.204.723, V-22.519.374 y V-17.160.473 respectivamente.
Se dio inicio a la presente causa mediante demanda de Filiación incoada por los ciudadanos Norberto Silfrido García y Monserrate Jesús Sánchez Cedeño, contra los ciudadanos Maria Dolores García de Cedeño, Alberto Elías Cedeño Mendoza y Luís Alberto Cedeño García, conociendo de la misma el entonces Juzgado Cuarto de Primera instancia de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, siendo que en fecha 28/10/1991 se decretó prohibición de salida del país a los ciudadanos Maria Dolores García de Cedeño, Alberto Elías Cedeño Mendoza y Luís Alberto Cedeño García.
Ahora bien, vistas las diligencias de fechas 19/12/07 y 03/04/2009 respectivamente presentado por la abogada Armanda Mercedes Vásquez, inscrita en el inpreabogado bajo el número 5.396, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Maria Dolores García de Cedeño, Alberto Elías Cedeño Mendoza y Luís Alberto Cedeño García, mediante el cual solicita el levantamiento de la medida de prohibición de salida del país decretada en fecha 28/10/1991, en tal sentido, este Juzgador, tomando en cuenta el artículo 50 de la Carta Magna la cual establece el derecho de todas las personas al libre transito dentro y fuera del país, considerando que dicha medida viola el derecho de Libre Transito de los ciudadanos arriba identificados, en consecuencia, esta sala de juicio IV del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley LEVANTA Medida de Prohibición de salida del país de los ciudadanos Maria Dolores García de Cedeño, Alberto Elias Cedeño Mendoza y Luís Alberto Cedeño García, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nros V-24.204.723, V-22.519.374 y V-17.160.473 respectivamente, dicha medida fue notificada mediante oficio 91-7351 de fecha 28/10/1991. En este sentido se ordena oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería ONIDEX, a los fines de informarle de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio IV del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los (07) días del mes de abril de 2009. Año 198° de la Independencia y 150° de la Federación.-
El Juez de Sala
Emilio Ruiz Guía
La Secretaria
Luisa Oliveros
En esta misma fecha se registro y publico la anterior sentencia.
La Secretaria
Luisa Oliveros
AP51-V-2007-003180
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