REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XIII
Caracas, 13 de Abril de 2009
198º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-005380
Vista la Autorización Judicial para tramitar Pasaporte, suscrita por la ciudadana BRENDA YADIRA CONTRERAS ALBERTTI, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-13.383.321, actuando en su carácter de madre del adolescente , quien se encuentra debidamente asistido por la Abogada MIRIAM VIVAS, actuando en su carácter de Defensora Pública Cuarta (4°) para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicitan la autorización judicial para la tramitación del pasaporte del adolescentes antes nombrado. En consecuencia, esta Sala de Juicio lo Admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden publico, ni a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa en ley, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda autorizar ampliamente a la ciudadana BRENDA YADIRA CONTRERAS ALBERTTI, anteriormente identificada, para que pueda tramitar la expedición del pasaporte del Adolescente de autos, ante las autoridades correspondientes, por lo que queda sustituido por orden de este Tribunal el consentimiento del padre para la expedición del citado documento antes las autoridades de Identificación correspondientes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese oficio a la Dirección de Identificación y Extranjería (DIEX), a los fines de informarle de la presente decisión, y para la entrega de dicho oficio se nombra como correo especial a la ciudadana BRENDA YADIRA CONTRERAS ALBERTTI. Remítase mediante oficio a la Oficina de Atención al Público, copia certificada de la presente decisión, una vez que la parte interesada haya consignado los fotostatos respectivos. Cúmplase -.
LA JUEZ,
ABG. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN.
LA SECRETARIA,
ABG. SALLY GUERRERO.
ASUNTO: AP51-S-2009-005380
JQA/SG/Kristian Castellanos