REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 15
Caracas, Veintiuno (21) de Abril de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: AP51-S-2006-005582

Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de Colocación en Entidad de Atención, en beneficio de la otrora adolescente (hoy adulta joven) VIRMILETH MERCEDES BOLIVAR PINTO, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.649.409 y de su hijo (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), a quien en fecha catorce (14) de Diciembre de 2006, esta Sala de Juicio N° 15, dictó Medida de Protección de carácter provisional en la modalidad de Colocación en Entidad de Atención, a propósito de la Medida de abrigo provisional, dictada por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 10/11/2005, la cual habría de ejecutarse en la “Entidad de Atención Obra Social la Madre y el Niño (OSMAN)” ubicada en Artigas, Calle G, Parroquia San Juan, Municipio Libertador. Al respecto, esta Juzgadora observa de la revisión efectuada al referido asunto y demás recaudos que lo conforman lo siguiente:

Que la beneficiaria de la medida supra identificada, nació en fecha 20/10/89, y que para la presente fecha la misma ha alcanzado la mayoría de edad, es decir, que actualmente tiene diecinueve (19) años, en otras palabras, se ha convertido en adulta, en mayor de edad, circunstancia ésta que hace inoficiosa la Medida dictada.

En virtud de las consideraciones anteriores, esta Jueza Unipersonal Nro. XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, REVOCA la Medida de Protección de carácter provisional en la modalidad de Colocación en Entidad de Atención dictada por este Tribunal en fecha 14/12/2006, en beneficio de la otrora adolescente (hoy adulta joven), VIRMILETH MERCEDES BOLIVAR PINTO, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.649.409 y de su hijo (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), en la Entidad de Atención “Obra Social la Madre y el Niño (OSMAN)” ubicada en Artigas, Calle G, Parroquia San Juan, Municipio Libertador, de conformidad con lo establecido en los artículos 131 y 405 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y así mismo, ordena el cierre y archivo del presente expediente. En tal sentido, se acuerda librar oficio a la Entidad de Atención “Obra Social la Madre y el Niño (OSMAN)”, a los fines de informarle de tal decisión. Líbrese oficio. Cúmplase
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dado, firmado y sellado por la Jueza Unipersonal N° 15 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintiún (21) días del mes de Abril de Dos Mil Nueve (2009). Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA

ABG. CIOLIS MOJICA
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia
LA SECRETARIA

ABG. CIOLIS MOJICA
YCH/CM/hvicent
Motivo: Colocación en Entidad de Atención.
ASUNTO: AP51-S-2006-005582