REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, tres de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: AP11-S-2009-000073

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada a tal efecto. El Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos ENOYUNA DEL VALLE AZOCAR DE RUIZ, RAMÓN ENRIQUE RUIZ RODRIGUEZ, LILIANA DEL VALLE RUIZ AZOCAR, YULIANA RUIZ AZOCAR, y DEYNIS MAYERLING RUIZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.191.690, V-16.952.022, V-16.046.815, V-18.041.723 y V-13.287.691, respectivamente, por el causante RAMÓN ENRIQUE RUIZ BRICEÑO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-4.588.586.-
Devuélvanse a la parte interesada los originales con sus resultas a los fines de que surtan los efectos legales correspondientes. Cúmplase.-
EL JUEZ,

LUÍS RODOLFO HERRERA GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,

MARIA GABRIELA HERNÁNDEZ RUZ


Hora de Emisión: 1:26 PM
ASUNTO: AP11-S-2009-000073
LRHG/MGHR/Pablo.-