República Bolivariana de Venezuela.
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
ACTUANDO EN SEDE: Civil.
SOLICITUD N°: 8.021-09
MOTIVO: Únicos y Universales Herederos.
SOLICITANTE (S): ROSA MARGARITA SECO DE REYES Y OTROS
En relación a la solicitud y los recaudos anexos, así como el justificativo de testigos evacuado por ante el Juzgado de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 03/03/09, suscrita por la ciudadana ROSA MARGARITA SECO DE REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.552.523, con domicilio en Paso Real de Macaira, Municipio José Tadeo Monagas, del Estado Guárico, asistido de abogado, donde solicita en su propio nombre y en representación de sus siete (7) hijos, AIDA AILEE REYES SECO, MIRIAN JOSEFINA REYES SECO, ROMELIA MARGARITA REYES SECO, ALVARO ENRIQUE REYES SECO, GINA DEL CARMEN REYES DE JAHEN, JOSE GREGORIO REYES SECO y EDITO JOSÉ REYES SECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 13.858.531, 10.346.628, 9.958.780, 13.438.988, 8.448.965, 11.367.398 y 5.330.427, sean declarados conjuntamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus, JOSÉ DEL CARMEN REYES UTRERA, quien falleció ab-intestato el día 19 de enero del año 2009, en Paso Real de Macaira del Estado Guárico. Asimismo la aclaratoria hecha por los mencionados solicitantes en fecha 17/04/09. El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante el Juzgado de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de esta misma Circunscripción Judicial, y ante este mismo Juzgado, promovidas por la mencionada ciudadana, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del Tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y en consecuencia, declara conforme a los autos, a la ciudadana, ROSA MARGARITA SECO DE REYES, conjuntamente con sus siete (7) hijos, AIDA AILEE REYES SECO, MIRIAN JOSEFINA REYES SECO, ROMELIA MARGARITA REYES SECO, ALVARO ENRIQUE REYES SECO, GINA DEL CARMEN REYES DE JAHEN, JOSE GREGORIO REYES SECO y EDITO JOSÉ REYES SECO, ya identificados como Únicos y Universales Herederos, del extinto JOSÉ DEL CARMEN REYES UTRERA. Y así se decide.
Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a la solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la anterior decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO. San Juan de los Morros, veintidós (22) de abril del año dos mil nueve.- (2009). Años 198° de la Independencia y 150º de la Federación.-
La Jueza,
Abg. Esthela Carolina Ortega Velásquez.
La Secretaria,
Abg. Marisel Peralta Ceballos
En la misma fecha siendo las (10:45) a.m., se registro, publico y se dejo copia de la anterior decisión.
La Secretaria,
ECOV/jga.-
SOL. Nº 8.021-09
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