REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua, Primero (01) de Abril de 2009.-
198° y 150°
Vista la manifestación de Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento, presentada personalmente por los cónyuges, ciudadanos INFANTE OSMER DANIEL y MARTÍNEZ NAYELYS NUREDITH, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 15.247.065 y 18.834.868 respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado PEDRO RAMOS inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 2.126. Désele entrada, fórmese expediente y admítase. En consecuencia, se admite cuanto ha lugar en derecho y por cuanto el Tribunal excito a los cónyuges a la reconciliación sin lograrse esta, declaró dicha Separación en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos en la solicitud que encabezan estas actuaciones. Asimismo se acuerda expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas, que conforman el presente expediente, todo ello de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse las copias.-
El Juez,

Dr. José Bermejo.
La Secretaria,

Abog. Yessica Mora


Seguidamente se deja constancia que no se expidieron las copias por cuanto no han proveído al Tribunal de las mismas.-
La Secretaria.