REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA CUARTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL
Caracas, 10 de agosto de 2009
Sala de Juicio IV
199° y 150°
Asunto: AP51-S-2009-010209
Se inicia el presente asunto, mediante solicitud presentada por la abogada Prisca Malave de Figallo, inscrita en el inpreabogado bajo el número 21.555, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Cidalia Soraya Da Silva Ferreira, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad número V-6.010.252, a favor de su hija, la adolescente “…cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente”…” , de diecisiete (17) años de edad, mediante la cual peticionó que se le concediera Autorización Judicial para viajar a la referida adolescente a Punta Cana, Republica Dominicana en el periodo comprendido entre el 01/08/09 al 08/08/09. Ahora bien, por cuanto se evidencia que ya expiro la fecha del referido viaje, sin que la parte interesada allá señalado otra fecha en la cual la adolescente pudiera realizar el mencionado viaje, es en consecuencia que esta Sala de Juicio IV del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional; impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ordena el cierre y Archivo del presente expediente, en virtud de que no tiene nada sobre lo cual decidir. Cúmplase.
El Juez de Sala
Emilio Ruiz Guía
La Secretaria
Luisa Oliveros
AP51-S-2009-010209