REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, doce (12) de Agosto de 2009.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-013399

Visto el escrito presentado por el ciudadano FREDY JOSÉ LUCENA, actuando en su carácter de Fiscal Nonagésimo Quinto del Ministerio Público, a petición de los ciudadanos YOISIBERT NADIUSKA ROJAS GUTIÉRREZ y MELVIN ANTHOINE VARGAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V-20.098.179 y V.-17.429.426, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de la niña (...), en el cual remiten convenio de Obligación de Manutención de fecha 22 de Julio de 2009, a favor de la prenombrada niña, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, esta Juez Unipersonal Nº 9, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.