REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de
Adopción Internacional
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, Tres (03) de Agosto de Dos Mil Nueve (2009)
Años: 199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2008-015124

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, se evidencia el expediente signado con el N° AP51-V-2009-005744 procedente de la Sala de Juicio Nº 5 de este Circuito Judicial por ACUMULACIÓN, según resolución de fecha 30/04/2009, contentivo de la demanda de FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por los Abogados MARIA CRISTINA PARRA, PATRICIA PARRA, JOSE ROJAS y RITA SALAZAR, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 11.632, 55.870, 112.393 y 73.348 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ANABELLA ROSA ALONSO LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.230.543 madre de la niña (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), contra el ciudadano DANIEL FEDERICO VASQUEZ LABADY, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-11.030.911. Ahora bien, este Despacho observa lo siguiente: Que ante esta Sala de Juicio cursa expediente signado con el Nº AP51-S-2008-015124, contentivo del procedimiento de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, seguido por el ciudadano DANIEL FEDERICO VASQUEZ LABADY contra la ciudadana ANABELLA ROSA ALONSO LINARES, supra identificados, en el cual cursan los cuadernos de incidencias correspondientes a las instituciones familiares, entre ellos el cuaderno de incidencia de Obligación de Manutención signado con el Nº AH51-X-2008-000954, y por cuanto el ciudadano DANIEL FEDERICO VASQUEZ LABADY solicitó a la Jueza Unipersonal N° 5 de este Circuito Judicial acordase la acumulación de la causa signada con el N° AP51-V-2009-005744 al expediente contentivo del procedimiento de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES cursante ante esta Sala, signado bajo el N° AP51-S-2008-015124, y visto que ambas causas tienen identidad de personas y titulo, este Despacho Judicial acuerda la acumulación por continencia de la causa signada con el Nº AP51-V-2009-005744 a la causa signada con el Nº AH51-X-2008-000954 correspondiente al cuaderno de incidencias de obligación de manutención llevado por este Despacho, ello conforme a lo establecido en el artículo 51 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
LA JUEZ,


Abg. YUMILDRE CASTILLO HERDE.
LA SECRETARIA,

Abg. CIOLIS MOJICA.
YCH/CM/Yvette
AP51-S-2008-015124
AH51-X-2008-000954
Separación de Cuerpos y Bienes (Acumulación)