REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal N° 16
Caracas, 10 de agosto de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2008-000525
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, contentivo de la solicitud de Autorización Judicial para ceder Derecho sobre un inmueble, interpuesta por el ciudadano RAFAEL ALBERTO FRANCO LOPEZ, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.970.010, debidamente asistido por el abogado FELIPE CARRASQUERO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 35.893, en favor de los derechos e intereses de sus hijos SE OMITEN DATOS; y del contenido de las mismas se observa que la parte actora no ha realizado ningún acto del proceso desde el día 16 de enero de 2008, lo cual representa una evidente inercia imputable a la parte interesada, resultando obvio el transcurso de más de un (01) año sin que haya dado impulso al asunto; verificándose con ello de pleno derecho la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de acuerdo con lo establecido en el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 267 ejusdem; norma supletoria a la cual nos remite el Artículo 451 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en consecuencia, ésta Juez Unipersonal Nro. 16 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA por los motivos supra indicados. Se da por TERMINADO el presente asunto, en consecuencia, se ordena el ARCHIVO del mismo. Y ASI SE DECLARA.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Juicio Nro. 16 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los 10 días del mes de Agosto del año dos mil nueve (2009). Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
La Jueza,
Abg. CLARA AURORA PONCE ROCA.
La Secretaria,
Abg. NAYETTI ROJAS