REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 13 de Agosto de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AH1A-S-2008-000237
MOTIVO: Divorcio 185-A del Código Civil.
PARTES: ANTONIO JOSE OVIEDO y CARMEN LUISA DELGADO DE OVIEDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 3.042.698 y V-4.356.678, respectivamente.
ABOGADA ASISTENTE: NIEVES VIRGINIA FRANCIS CARRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 18.336.
Se inicia el presente procedimiento por escrito presentado por los ciudadanos ANTONIO JOSE OVIEDO y CARMEN LUISA DELGADO DE OVIEDO, identificados en el encabezamiento del presente fallo. Alegaron los solicitantes que contrajeron matrimonio en fecha veinticinco (25) de abril de mil novecientos setenta y cuatro (1974), por ante el Registrador Civil del Municipio El Hatillo, del Estado Miranda, establecieron su último domicilio conyugal en la siguiente dirección: Los Ranchos, Sector Corralito vía la Unión, Municipio El Hatillo del Estado Miranda, se encuentran separados de hecho desde mediados del año dos mil dos (2002), y habiéndose producido una ruptura prolongada de más de cinco (05) años, es por lo que solicitan de este Juzgado declare su Divorcio, según lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, durante la unión matrimonial procrearon dos (02) hijos de nombres ISIS DAYANA y YURIMAR JOSE y adquirieron bienes.
Admitida la presente solicitud en fecha dieciséis (16) de junio de dos mil ocho (2.008), se ordenó la notificación a la Fiscal del Ministerio Público.-
En fecha veintisiete (27) de junio de dos mil ocho (2008), la abogada CAROLINA GONZALEZ GUEVARA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Novena (99ª) del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, compareció al Tribunal y expuso: Revisadas como han sido las actas procesales que integran la presente causa, esta Representación Fiscal emite opinión favorable a fin de que el ciudadano Juez proceda en pronunciarse sobre el divorcio solicitado; no obstante, con respecto a los bienes señalados por ambos en la solicitud, los mismos serán objeto de liquidación toda vez esté ejecutoriada la sentencia de divorcio, de conformidad con lo previsto en los artículos 173 y 186 del código Civil.
En fecha trece (13) de agosto del 2009, la Juez quien suscribe, se avocó al conocimiento de la presente causa.
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:
Establece el Artículo185-A, del Código Civil lo siguiente:
“...Cuando los cónyuges han permanecido separado de hecho
por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá --
Solicitar el Divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida-
en común…”
Ahora bien, de la lectura efectuada a la norma anteriormente transcrita, se evidencia que en el presente caso, fueron cumplidas las exigencias previstas en la misma, concluye esta Juzgadora, que la solicitud que encabeza la presente actuación debe prosperar en derecho. Y ASI SE DECIDE.-
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos ANTONIO JOSE OVIEDO y CARMEN LUISA DELGADO DE OVIEDO, ampliamente identificados en autos, fundamentada en el Artículo 185-A, del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha veinticinco (25) de abril de mil novecientos setenta y cuatro (1974), por ante el Registrador Civil del Municipio El Hatillo, del Estado Miranda.
LIQUIDESE LA COMUNIDAD CONYUGAL.
Publíquese y Regístrese.
Notifíquese a la Primera Autoridad Civil del Municipio El Hatillo, del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los trece (13) días del mes de agosto de 2009- Años 199º de la Independencia y 150° de la Federación.-
LA JUEZ,


Abg. MARIA CAMERO ZERPA
LA SECRETARIA,


Abg. JENNY GONZALEZ FRANQUIS
MCZ/JGF/sdms.
ASUNTO: AH1A-S-2008-000237.