REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, once (11) de agosto de dos mil nueve (2009), siendo las diez y diez de la mañana (10:10 am) se constituye el Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto, y se traslada al local comercial Nº P-63-64-65-66, ubicado en el nivel Parque del Centro Comercial Galería Ávila Center, ubicado en la Av. Urdaneta con Avenida El Parque de la Urbanización San Bernardino de Caracas, en compañía del apoderado judicial del ciudadano Juan Carlo Cacique Peluffo, abogado Raúl Rojas Figueroa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.358, a fin de practicar medida innominada (Restitución) ordenada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por ejecución de laudo arbitral incoara Galerías Ávila Center, S. R. L, contra Juan Carlos Cacique Peluffo. Una vez a las puertas del inmueble la Juez procede a dar los toques de Ley, y no siendo atendido su llamado por persona alguna acuerda designar a un cerrajero, cargo éste que recae sobre el ciudadano Luther Geronimo Mijares, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.452.637, quien aceptó el cargo y prestó el juramento de Ley, procediendo de seguidas a entrar en ejercicio de sus funciones. Aperturadas las puertas de los locales se observa que se encuentran totalmente libre de bienes y de personas, en consecuencia, la Juez en cumplimiento de la misión encomendada, procede a la: “RESTITUCION INMEDIATA, de los locales comerciales Nos. P-63-64-65-66 ubicados en el Nivel Parque del Centro Comercial Galerías Ávila, ubicado en la Avenida Urdaneta con Avenida El Parque de la Urbanización San Bernardino de Caracas y se pone en posesión de la parte ejecutante en la persona de su apoderado judicial, abogado Raúl Rojas Figueroa, ya identificado, quien de seguidas, expone: “Declaro recibir conforme, libre de bienes y de personas el inmueble objeto de restitución, solo con aquellos bienes que se encuentran adheridos en el inmueble”. Es todo. La Juez Ejecutora dispone el retiro del Tribunal a su sede, cumplida como fue su misión. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 10:30 am-
La Juez,

Caribay Gauna
El apoderado judicial de la parte ejecutante

Abg. Raúl Rojas Figueroa
El Cerrajero
Luther Geronimo Mijares

La…
… Secretaria
Dubraska Ibarreto


Exp. Nº 2899-09 (Interno)
Exp. Nº 2008-000119 (Causa)


































En el día de hoy, once (11) de agosto de dos mil nueve (2009), siendo las diez y diez de la mañana (10:35 am) se constituye el Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto, y se traslada a los locales comerciales Nº U-25-26-27-28, ubicados en el nivel Urdaneta del Centro Comercial Galería Ávila Center, ubicado en la Av. Urdaneta con Avenida El Parque de la Urbanización San Bernardino de Caracas, en compañía del apoderado judicial del ciudadano Juan Carlo Cacique Peluffo, abogado Raúl Rojas Figueroa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.358, a fin de practicar medida innominada (Restitución) ordenada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por ejecución de laudo arbitral incoara Galerías Ávila Center, S. R. L, contra Juan Carlos Cacique Peluffo. Una vez a las puertas del inmueble la Juez procede a designar a un cerrajero, cargo éste que recae sobre el ciudadano Luther Geronimo Mijares, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.452.637, quien aceptó el cargo y prestó el juramento de Ley, procediendo de seguidas a entrar en ejercicio de sus funciones. Estando en proceso de apertura, se presenta una ciudadana que manifiestan pertenecer al área de Administración del Centro Comercial acompañada de otros ciudadanos que según dijeron posteriormente pertenecen al Área de Operaciones y de Seguridad, solicitó información de manera imponente, por lo que se le exigió acreditara identificación y cualidad, a lo cual en lugar de ser presentada comenzó con una actitud violenta para con la Juez, auxiliares y representante judicial de la parte ejecutante, impidiendo al ciudadano cerrajero continuar con su labor, incluso los funcionarios de seguridad del Centro Comercial empujaron al cerrajero judicial obstruyendo la entrada del local; en virtud de la situación presentada la Juez se hizo acompañar de funcionarios judiciales a los fines de resguardar su integridad física y la de los que acompañan al Tribunal. Aperturadas la puerta del local se observa que se encuentra totalmente libre de bienes y de personas, en consecuencia, la Juez en cumplimiento de la misión encomendada, procede a la: “RESTITUCION INMEDIATA, del local comercial Nº. U-25-26-27-28, ubicados en el Nivel Urdaneta del Centro Comercial Galerías Ávila, ubicado en la Avenida Urdaneta con Avenida El Parque de la Urbanización San Bernardino de Caracas y se pone en posesión de la parte ejecutante en la persona de su apoderado judicial, abogado Raúl Rojas Figueroa, ya identificado, quien de seguidas, expone: “Declaro recibir conforme, libre de bienes y de personas el inmueble objeto de restitución”. Es todo. La Juez Ejecutora dispone el retiro del Tribunal a su sede, cumplida como fue su misión. Terminó, se leyó y conformes firman siendo 11:20 am.-
…La Juez,

…Caribay Gauna
El apoderado judicial de la parte ejecutante

Abg. Raúl Rojas Figueroa

El Cerrajero
Luther Geronimo Mijares

La Secretaria
Dubraska Ibarreto
Exp. Nº 2899-09 (Interno)
Exp. Nº 2008-000119 (Causa)