REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Martes Once (11) de Agosto del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las Nueve de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular Abogada María Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular Abogada Carmen Alarcón Reaño, de la Apoderada Judicial de la Parte Actora, Abogada Ysmenia Ochoa Terán, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 122.229, del representante de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A., y de la Perita Avaluadora, ciudadanos Carlos Rivas y Alfredo González, identificados con las cédulas de Identidad Nros. V-6.318.092 y V-3.530.123, respectivamente, designados por éste Juzgado quienes estando presentes en este acto aceptaron los cargos y prestaron juramento de ley y del funcionario de la Policía Metropolitana de Caracas, ciudadano: Gruver Malave, cédula de identidad nro. 11.197.432, placa nro. 8697, adscrito a la División Motorizada, en la siguiente dirección: “Un local signado con el N° 1, que forma parte del edificio “Blanco”, situado en la Esquina de Cádiz y Granada, Urbanización San Martín, Parroquia San Juan, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital”; a objeto de practicar las medidas de ENTREGA MATERIAL REAL Y EFECTIVA y EMBARGO EJECUTIVO, decretadas por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del Juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, siguen los ciudadanos: Dilia Beaujon, Inés Ortega De Lossada, Luisa Teresa Ortega De De Castro y Arturo Ortega Terán, contra La Sociedad Mercantil Distribuidora Valbanera S.R.L., expediente Número AP31-V-2007-001837.- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley, sin ser atendido su llamado por persona alguna.- En este estado la Apoderada Judicial de la Parte Actora, expone: “Por cuanto no se encuentra persona alguna en el inmueble que permita su acceso, solicito del Tribunal designe cerrajero para que abra las puertas a los fines de materializar la medida”.- Es Todo.- Vista la solicitud el Tribunal designa cerrajero al ciudadano: Edwin Esmeral Cupido, Venezolano, mayor de edad e identificado con la cédula de Identidad Nº 16.032.621, quien estando presente aceptó el cargo y prestó juramento de ley; procediendo de seguidas a abrir las puertas del inmueble utilizando medios mecánico para ello.- Abiertas las puertas por parte del cerrajero designado, en el interior del inmueble, el Tribunal deja constancia que recorridas como fueron todas sus áreas no se encontró personas alguna, solo la existencia de bienes muebles los cuales son inventariados por los Auxiliares de Justicia, en la hoja de Inventario anexa que forma parte de la presente acta. Acto seguido el Tribunal Ejecutor de Medidas, por cuanto no se ha hecho presente persona alguna que acredite ser propietario de los bienes muebles identificados y avaluados por los Auxiliares de Justicia en la presente acta se ordena constituir Depósito Necesario del mismo, colocándolo en posesión de la Depositaria Judicial designada La Consolidada C.A, en la persona de su representante Carlos Rivas, antes identificado, quien procede a su retiro al Galpón nro 02, ubicado en la Avenida Principal de Alta Vista, Catia, Municipio Libertador del Distrito Capital; utilizando para su embalaje y traslado el personal obrero y transporte suministrado Camión 7000, placa A79AG0A, conducido por el ciudadano: Héctor Ramón Trompetero, cédula de Identidad Nº 5.757.64.- Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada hace Entrega Material a la Parte Actora, en la persona de su Apoderada Judicial Abogada Ysmenia Ochoa Teran, antes identificada, del siguiente inmueble: Un local signado con el Nº 1, que forma parte del edificio “Blanco”, situado en la Esquina de Cádiz y Granada, Urbanización San Martín, Parroquia San Juan, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital””; quien lo recibe conforme en nombre de sus representados, con las llaves de sus puertas principales.- En este estado la Apoderada Judicial de la Parte Actora, expone: “Me reservo el derecho de señalar bienes para su Embargo en otra oportunidad, por lo cual solicito del Tribunal Ejecutor, devuelva la comisión con sus resultas al Juzgado de la Causa. Es todo”.- Vista la solicitud este Tribunal Ejecutor de Medidas, se abstiene de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO y acuerda la devolución de la comisión al Tribunal Comitente, da por terminado el acto siendo las (12:30 p.m.) y ordena el regreso a su sede - Terminó, se leyó y conformes firman.-
Juez Titular
La Apoderada Judicial
De la Parte Actora
El Representante de la
Depositaria Judicial
El Perito Avaluador
El Funcionario Policial.-
El cerrajero
La Secretaria Titular.
Comisión: 2008-09
MCCM/Clar.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
INVENTARIO FISICO DE BIENES MUEBLES
El presente formato es el anexo _01__de _01 del acta de las medidas de Entrega Material y Embargo Ejecutivo, practicada en fecha 11 de Agosto del 2009,
por éste juzgado ejecutor, Comisión N° 2008-09, realizada por el Perito Avaluador designado: Alfredo González , C.I.N° 3.530.123
N° CANT DESCRIPCION VALOR UNIDAD Bs VALOR TOTAL Bs
1 1 Nevera Refrigerador Con 3 Puertas Corrediza, Marca Tropecold 5000°°
2 1 Quemador De 2 Hornilla 100°°
3 1 Exhibidor Para Empanada Marca Meldozo 900°°
4 1 Gavetero Mornuca, Color Beig, CON 4 Gavetas 50°°
5 1 Plancha Industrial Sin Serial En Mal Estado 150°°
Total 6.200°°
El Perito Avaluador La Secretaria El Juez Ejecutor
Ejecutante Ejecutado