REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Miércoles Doce (12) de Agosto del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular Abogada Maria Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular Abogada Carmen Alarcón Reaño; de la Apoderada Judicial de la Parte Actora, Abogada Sorelena Prada, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 97.170; y del Funcionario de la Policía Metropolitana, Sargento Mayor Jesús Torres, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.926.928, placa Nro. 4257, adscrito a la División Motorizada, en la siguiente dirección: “Apartamento Nº 64, del Edificio Residencias Chacao, ubicado en la Calle Sucre, Urbanización Chacao, Municipio Chacao del Estado Miranda, Caracas.”; a objeto de practicar la medida de Secuestro, decretada y ordenada por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por Desalojo, sigue el Inmobiliaria Rogy, C.A; contra Frederick Van Doorn; expediente Nº: AP31-V-2009-002702.- Seguidamente a las puertas del inmueble supra-identificado, el Tribunal procedió a dar los toques de ley siendo atendido por el ciudadano: Anthony del Valle González Cedeño, Venezolano, mayor de edad e identificada con la cédula de Identidad Nº V-17.756.496, quien notificado de la misión del Tribunal y en conocimiento del contenido del Despacho, manifestó: “Que ocupaba el apartamento y todas las pertenencias y bienes muebles que se encuentran dentro del inmueble supra-identificado donde se encuentra constituido el Tribunal, son de su propiedad y serán trasladados bajo su riesgo y responsabilidad a la siguiente dirección: “Calle Los Cerritos, Casa Nº 34, Cotiza, Municipio Libertador, Distrito Capital”.- Seguidamente desocupado como se encuentra el inmueble libre de personas y de bienes; el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara SECUESTRADO el siguiente bien inmueble: “Apartamento Nº 64, del Edificio Residencias Chacao, ubicado en la Calle Sucre, Urbanización Chacao, Municipio Chacao del Estado Miranda, Caracas” y lo coloca en posesión de la parte actora Inmobiliaria Rogy, C.A, representada en este acto por su Apoderada Judicial, Abogada Sorelena Prada, antes identificada quien toma posesión del inmueble antes referido, en éste acto en nombre de su representada.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal, ordena la devolución de la presente comisión a Causa. Da por terminado el acto siendo las (1:30 p.m.). Termino; se leyó y conformes firman.
La Juez Titular
El Notificado
La Apoderada Actora
El Funcionario De La
Policía Metropolitana
La Secretaria Titular
Comisión: 2012-09
MCC/clar.