REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Cuatro (04) de Agosto del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular Abogada Maria Cecilia Conde Monteverde, en compañía de el Secretario Accidental Johnny Alvert Espinoza, del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado Roberto Salazar, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 66.600, y del funcionario de la Policía Metropolitana de Caracas ciudadano: Gruver Malave, cédula de identidad nro. 11.197.432, placa nro. 8697, adscrito a la División Motorizada, en la siguiente dirección señalada por el Actor: Avenida Principal de Maripérez, cruce 6to y 8va Transversal, Quinta Yaguari, Nº 227,PB, Municipio Libertador del Distrito Capital, a objeto de practicar la medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada y ordenada por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por Cobro de Bolívares, sigue La Sociedad de Comercio SUMINISTROS PRIVENCA C.A., contra La Sociedad Mercantil CORPORACION OFITODO 2008 C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 13 de febrero 2008, bajo Nro. 64, Tomo 11-A-cto, en la persona de su Presidente ciudadana MARIELA ISABEL OBELMEJIAS, venezolana, mayo de edad y titular de la cédula de identidad Nro 10.470.522. expediente Nº Asunto: AN3E-X-2009-000053.- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal notificó de su misión a la ciudadana: Valdespino Hernández Oriana Enriqueta venezolana, mayo de edad, e identificada con la cédula de Identidad Nº V- 16.706.480, en su carácter de Encargada de la Sociedad Mercantil CORPORACION OFITODO 2008 C.A (Parte Demandada) comunicándose por vía telefónica con la Presidenta de la Empresa ciudadana Mariela Isabel Olbemejias quien manifestó que procedería a trasladarse para hacerse presente en el presente Acto.- En consecuencia el Tribunal procede a concederle un lapso de espera prudencial para que se haga presente.- Acto seguido se hizo presente la ciudadana Mariela Isabel Obelmejias Hernández, titular de la cedula de identidad Nº 10.470.522, en su carácter de Presidenta de la Empresa demandada, a quien se le notifico del juicio y de la orden de Embargo Preventivo que existe en contra de su representada Corporación Ofitodo 2008 C.A., procediendo a conversar con el Apoderado Actor, ofreciéndole cancelar la suma adeudada, con cheque del Banco Banesco, Banco Universal, Nro.19051914, por la cantidad de Veinticuatro Mil Veinticinco Bolívares Fuerte con Once Céntimos (Bs. F. 24.025,11) a favor de Roberto Salazar.- En este estado el Apoderado Judicial de la parte Actora antes identificada expone: “Acepto el pago realizado por la Presidenta de la Empresa demandada y solicito al Tribunal se abstenga de practicar la medida de Embargo Preventivo y mantenga la comisión en el Tribunal Comisionado hasta tanto informe al Tribunal que se hizo efectivo el pago realizado”, da por terminado el acto siendo la 1:00 p.m.- y se ordena el regreso a la sede.- Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR.
LA NOTIFICADA
EL APODERADO ACTOR
LA PRESIDENTE DE LA
EMPRESA DEMANDADA
EL FUNCIONARIO JUDICIAL
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
COMISION NRO. 2009-09
MCCM/Johnny.