REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Juan de los Morros
San Juan de los Morros, 04 de Agosto de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : JL01-P-2001-000139
ASUNTO : JL01-P-2001-000139



PENADO: CARDENAS JULIO ARMADA

DELITO: ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO

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Vista el escrito que antecede, donde el abg: DANIEL ALBERTO MONTANIVILORIA, Defensor Público N° 05, en la fase de Ejecución de Sentencias adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Guárico San Juan de Los Morros, quien actúa en su condición del penado, FERNANDEZ CARDENAS JULIO ARMANDO, solicitando LIBERTAD PLENA, por cumplimiento de pena y en fundamento al computo de fecha 25-07-2.005, a lo que este Juzgado observa lo siguiente:

En fecha 25 de Julio del año 20005, este Juzgado Primero de Ejecución le concedió como medio Alternativo de cumplimiento de Penal al penado JULIO ARMANDO FERNANDEZ CARDENAS, LIBERTAD CONDICIONAL y entre una de las obligaciones impuestas estaba presentarse hasta el 25 DE ENERO DE 2009.
Cursa a los folios 201 al 202, INFORME CONDUCTUAL de fecha 09 de Junio del año 2.008, del penado FERNANDEZ CARDENAS JULIO ARMANDO suscrito por la Lic Iris Tovar , jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Aragua y el Lic Jose Mussett Suarez, Delegado de Prueba Superv, donde indican que el referido penado ha demostrado responsabilidad y atención al régimen de la prueba. Las evaluaciones nos indican favorablemente a un ciudadano, que ha demostrado adaptación, reflexión y mucha responsabilidad. Se puede calificar como una persona que ha evolucionado en positivo en beneficio de su propio proceso de reinserción. Efectivamente el penado Fernández cárdenas Julio Armando, cumple con el régimen impuesto por este Juzgado en fecha 25- 07-2.005, hasta el 29 de Enero del año 2.009, fecha esta de cumplimiento por la LIBERTAD CONDICIONAL acordada, y por cuanto el ultimo informe es de fecha 09- de Julio del año 2.008, se Acuerda requerir de carácter URGENTE a la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario de Aragua, constancia de CULMINACIÖN, del Régimen de Prueba impuesto por este Juzgado al penado FERNANDEZ CARDENAS JULIO ARMANDO, titular de la cédula de identidad N° V-5.025.903, quien le correspondía presentarse por ante ese despacho hasta el 29 de Enero del año 2.009, conforme le fueron impuestas por este Juzgado, para poder pronunciarse sobre la solicitud de la defensa.-

DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado N° 01 de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando Justicia en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA requerir de carácter URGENTE a la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario de Aragua, constancia de CULMINACIÖN, del Régimen de Prueba impuesto por este Juzgado en fecha 09- 07- 2.008, por Libertad Condicional, al penado FERNANDEZ CARDENAS JULIO ARMANDO, titular de la cédula de identidad N° V-5.025.903, quien le correspondía presentarse por ante ese despacho hasta el 29 de Enero del año 2.009, conforme le fueron impuestas por este Juzgado, para poder pronunciarse sobre la solicitud de la defensa. Notifíquese a las partes. CUMPLASE.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN N° 01

ABG NEREYDA TIBISAY FLORES FIGUEROA

LA SECRETARIA

ABG ZAIDA ÁVILA