REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de diciembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-003044
Vista la diligencia presentada por el ciudadano PABLO ANTONIO CONTRERAS SUAREZ , titular de la cédula de identidad Nro.- 7.884.133, parte actora en el presente procedimiento, debidamente representado por la abogada BLANCA ZAMBRANO CHAFARDET, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 28.689, y por la abogada ILLIEN GARCÍA, inscrita en el inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 79.184, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada; siendo la oportunidad para llevar a cabo la prolongación de la Audiencia Preliminar, en la presente causa; mediante la cual exponen que: La parte actora desiste del procedimiento y me reserva las acciones laborales pertinentes para demandar las diferencias de prestaciones sociales; y la parte demandada conviene en el desistimiento y consigna cheque Nro.- 12000514, de la entidad bancaria Banco del Tesoro, por la cantidad de Bs. 198.496,83, el cual es recibido por la parte actora; en consecuencia visto el desistimiento del procedimiento presentado por la parte actora, aceptado por la parte demandada y asimismo del pago realizado por ésta última, por la cantidad de Bs. 198.496, 83, mediante cheque Nro.- 12000514, de fecha 07 de diciembre de 2009, girado contra el Banco del Tesoro; este Juzgado homologa el desistimiento del procedimiento, dándole efecto de cosa Juzgada; en tal sentido da por concluido el presente procedimiento y terminado el proceso.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
HÉCTOR RODRÍGUEZ
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