REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del
Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de diciembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-006188
Visto el escrito de transacción suscrito y presentado en fecha 08 de diciembre de 2009, por el ciudadano YSAIAS VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro.- 8.333.578, parte actora en el presente procedimiento, debidamente asistido por la abogada ANCENYS HENRÍQUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 142.580, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, BAYER S.A., y por el abogado NELSON PERNÍA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 15.519; mediante el cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de Bs. 22.444,80, la cual es entregada mediante cheque Nro.- 16126161, de fecha 07 de diciembre de 2009, girado contra el Banco Mercantil, y recibida por la parte actora a su entera y cabal satisfacción; solicitando la homologación del mismo, este Juzgado una vez revisado los términos del escrito transaccional se evidencia que el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en atención a lo dispuesto en el artículo 3 de la LEY ORGANICA DEL TRABAJO y 9 y 10 de su Reglamento; en consecuencia HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.
La Juez
Nereida Hernández González
El Secretario
Héctor J. Rodríguez D.
|