REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección Niños, Niña y Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nº XVI.
Caracas, Catorce (14) de diciembre de Dos Mil Nueve (2009)
Años: 199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-021269
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Visto el anterior CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentado por la Abg. CAROLINA MERCEDES GONZALEZ GUEVARA, en su carácter de Defensora Nº 126 de la Dirección de Desarrollo Social de la División de Protección del Niño, Niña, Adolescente y de la Mujer, a solicitud de los ciudadanos WILMER JOSE MENDOZA GOMEZ y GINA PAOLA BLANCO BLANCO, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-18.181.451 y Nº E-82.351.721 respectivamente, a favor de sus hijos los niños SE OMITEN DATOS ; y por no ser el mismo contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley; este Tribunal procede a Homologar el presente CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en los términos allí expuestos, de conformidad con lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaria las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguense a los interesados en la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), a fin de que surta los efectos legales correspondientes. A tal efecto se acuerda oficiar a la referida Oficina OAP, comunicándoles lo pertinente. Archívese el expediente. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,

Abg. Clara Aurora Ponce Roca.
LA SECRETARIA,
Abg. Milagros Nathali Silva.
Asunto N° AP51-S-2009-021269
CAPR/MNS/Shirley.
Motivo: Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar