REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Decisión Nº 03

Asunto Nº JP01-R-2009-000235
Imputado: Franklyn Pérez Shiller
Víctimas: Carmen Nieves Santos y otro
Delitos: Hurto calificado frustrado
Motivo: Apelación de auto
Ponente: Abg. Miguel Ángel Cásseres González
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I
Antecedentes
Con fecha 15 de octubre de 2009, el Juzgado 1º de Control de éste Circuito, extensión Calabozo, donde entre otros aspectos procesales decretó la detención judicial preventiva de Franklyn Pérez Shiller, por su presunta participación y/o autoría en el delito de hurto calificado frustrado, según las previsiones de los artículos 453.4.6, en concordancia con los artículos 80 segundo aparte y 82 del Código Penal, en perjuicio de Carmen nieves y otros (folios 49 al 61).

Contra la referida providencia ejerció recurso de apelación el Abg. José Wilfredo Barrios Rodríguez, defensor público penal y a la sazón representante del sumariado (folio 3 al 8).

Oportunamente éste Tribunal admitió el acto recursivo por lo que ahora pasa a resolver el fondo del asunto delatado.

II
Auto delatado. Motivos de la apelación
La decisión interlocutoria del Juzgado 1º de Control de éste Circuito, extensión Calabozo, que decretó la detención preventiva judicial del imputado Franklyn Pérez Shiller tuvo como apoyo judicial las siguientes actas fiscales: el acta policial de fecha 04 de octubre de 2009, que suscriben funcionarios de la Policía del Estado Guárico, singularmente del puesto Nº 03, donde informan sobre la aprehensión del investigado y de los haberes delictuales (folio 16); con el testifical rendido por los ciudadanos José D. Pérez (folios 16), Ng King Tse (folio 21); Adolfo Perales (folio 25); Asdrúbal Acevedo (folio 20) y Odalis Balza (folio 27); quienes fueron los que actuaron en el procedimiento policivo; con el avalúo practicado a los haberes delictuales (folio 33); y a su vez de igual guisa a otros avalúos sobre haberes (folio 35); y finalmente, la inspección ocular practicada en el sitio del suceso.

Las referidas actas de investigación demuestran el tipo penal determinado por el tribunal recurrido, pero en grado de imperfección, las cuales singularizan la autoría del sumariado en el tipo, muy a pesar de la negativa dada por éste en la audiencia de presentación al no admitir los hechos imputádole, muy especialmente las referidas al dicho de testigos y funcionarios policivos (folios 16, 21, 25, 26 y 27), quienes lo vinculan con el hecho perpetrado en agravio de Carmen nieves Santos y otros, componentes preparatorios que configuran el cuerpo del delito y la prueba semiplena de la responsabilidad del investigado, siendo por ello que debe desestimarse el recurso de apelación y confirmarse la interlocutoria demandada. Así se decide y sentencia.-

III
Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Abg. José Wilfredo Barrios, Defensor definitivo del imputado Franklyn Pérez Shiller, en contra de la decisión dictada por el Tribunal 1º de Control de éste Circuito, extensión Calabozo, de fecha 15 de octubre de 2009, tomada en el asunto Nº JP11-P-2009-001496, de su catalogo de causas, y se confirma el fallo recurrido. Se funda la decisión en los artículos 447.5, 448, 449 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Notifíquese a las partes. Diarícese. Déjese copia. Bájese la incidencia al órgano de origen.
Juez Presidente de Sala,




Abg. Yajaira Mora Bravo
El Juez, (Ponente)


Abg. Miguel Ángel Cásseres González



La Juez,


Abg. Kena De Vasconcelos Venturi-
El Secretario,


Abg. Engelberth Becerra


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

El Secretario,


Abg. Engelberth Becerra
Asunto Nº JP01-R-2009-000235