Decisión N° 01.-
Asunto N° JP01-R-2009-000102
Víctimas: María Carrasquel, Jesús Gámez e Irina Rondón
Delito: Robo agravado
Motivo: Recurso de Apelación contra auto
Ponente: Abg. Miguel Ángel Cásseres González
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Pórtico
Con fecha 02 de junio de 2009, el Juzgado de Primero de Control de éste Circuito, de la Sección Especial de Adolescentes, dictó decisión interlocutoria en el asunto Nº JP01-D-2009-000176, de su catalogo de causas, donde entre otros aspectos procesales decretó prisión preventiva de libertad al adolescente (Identidad reservada), por la presunta comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con el artículo 83 eiusdem (folios 62 al 68).
Contra la referida providencia judicial ejerció recurso de apelación, la Defensora Pública, Azucena Álvarez López, representante judicial del adolescente (Identidad reservada), folios (03 al 05).
Estudiados los autos, singularmente el fallo delatado y el memorial de la apelación, esta Corte conforme a la estructura capitular indicada infra pasa a ponderar la decisión delatada y el escrito recursivo.
II
Auto delatado. Memorial apelativo
La decisión del tribunal demandado en la consideró partícipe y/o autor al recurrente del delito de robo agravado en grado de coautoría, según los artículos 458 y 83 del Código Penal, estuvo fundada en las siguientes actas de investigación: en acta policial del 26-05-2009, relacionada con la aprehensión del ciudadano y la incautación de haberes delictuales (folios 15 y 16); con las declaraciones testifícales rendidas ante los delegados funcionales del Ministerio Fiscal por, Jesús Gámez, Irina Rondón, Yorman Nieto, Sabino Ríos y Eudy Tovar (folios 20 al 24); con el acta policial que suscriben agentes del CICPC., de fecha 27-05-2009, relacionada con la pesquisa de autos; con las inspecciones técnicas practicadas en el sitio del suceso y otros (folios 29 al 32); y con la experticia practicada a los haberes delictuales objeto del hecho punible (folios 34 y 35).
Con los señalados elementos de investigación, se determina el cuerpo del delito del tipo penal configurado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano y los mismos constituyen la prueba semiplena de la responsabilidad del investigado, singularmente del acta policiva del 26 de mayo de 2009, la cual se relaciona con la captura del indicioso y los haberes del delito, así como también con el dicho de las víctimas Jesús Gámez e Irina Rondón, elementos de convicción que se robustecen con lo que señalan los agentes policivos Yorman Nieto, Sabino Ríos y Eudy Tovar, por lo que a juicio de este despacho superior penal, se colman los extremos de los artículos 250, 251 parágrafo primero y 252 del Estatuto Procesal Pernal Venezolano, por lo que se desestima la apelación y se confirma el auto recurrido. Así se decide y sentencia.
III
Dispositiva
La Corte de Apelaciones de la Sección Especial de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, sin lugar, el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública, Azucena Álvarez López, en la condición de autos, y por vía de consecuencia confirma en todas sus partes la providencia interlocutoria del Juzgado Primero de Control de éste Circuito de la Sección Especial, de fecha 02 de junio de 2009. Se funda la decisión en los artículos 447.4, 448, 449 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Diarícese. Déjese copia certificada. Publíquese. Bájese el expediente al tribunal de origen en su oportunidad legal.
Juez Presidente de Sala, (Ponente)
Abg. Miguel Ángel Cásseres González
La Juez,
Abg. Kena de Vasconcelos Venturi
La Juez,
Abg. Yajaira Mora Bravo
El Secretario,
Abg. Engelberth Becerra
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
El Secretario,
Abg. Engelberth Becerra
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