REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

Este Tribunal de la revisión de la presente causa y de las resultas de la notificación practicada por la Unidad de Alguacilazgo de esta Coordinación Laboral, observa que la persona que recibió el cartel de notificación al identificarse ante el Alguacil dijo llamarse HECTOR AGUIRRE, y firmó con el carácter de encargado de obras de dicha empresa, que el apoderado judicial de los actores, señala en el petitorio del libelo de demandada que la notificación sea practicada el la persona del ciudadano Jorge Barrios en su condición de encargado de la empresa, persona distinta a la indicada en el cartel de notificación librado. Ahora bien, a los fines de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso, este Tribunal con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 123 ordinal 2do de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto se trata de que la demandada es una persona Jurídica, ordena al apoderado judicial de los actores que indique a este Tribunal los datos relativos al nombre y apellido de cualquiera de los representantes legales, estatutarios judiciales a que se refiere la norma up supra, a los fines de continuar con el procedimiento en el presente asunto y librar la correspondiente notificación. Por lo que este juzgado en salvaguarda de los principios fundamentales que rigen en todo estado y grado del proceso, considera procedente y ajustado a derecho ordenar el restablecimiento de la situación jurídica infringida con motivo del vicio detectado en la practica de la notificación, ordenando la anulación de la notificación librada y practicada a la parte demandada, todo de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, norma cuya aplicación analógica se adopta por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ,


DRA. YELITZA LOPEZ LA SECRETARIA,


ABG. NINOLYA SUAREZ

Siendo las 3:30 p.m., se publicó lo anterior decisión y se dejó copia ordenada.

Secretaria,