REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, veinte (20) de enero de dos mil nueve (2009)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2007-022469

Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial el escrito de solicitud que encabeza las presentes actuaciones e igualmente la diligencia de fecha 08-12-2008, de los cual se desprende que la ciudadana EMILCE ISABEL SANCHEZ HURTADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-14.034.882, solicitó Autorización Judicial de Viaje a favor de su nieta la adolescente (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes) para la fecha 29-12-2007 con retorno el 15-01-2008 y luego para la fecha de 29 -12-2008; esta Sala de Juicio declara INOFICIOSA la Autorización Judicial solicitada, por cuanto ya transcurrieron las referidas fechas de viaje. Se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase.
LA JUEZA,


ABG. ROSA CARABALLO

LA SECRETARIA,


ABG. SORAYA ANDRADE