REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal VII
Caracas, veinte de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : AP51-S-2008-016065
Visto el escrito presentado por la ciudadana HERMIZORY BRITO UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio, y portadora de la cédula de identidad Nro V- 6.918.553, debidamente asistida por el abogado en ejercicio NOEL LENIN QUIROZ MUJICA, inscrito en el IPSA bajo el N° 76.190, mediante la cual desiste de la solicitud, en virtud de que el progenitor ALFREDO EDUARDO RON OLAVES, le otorgó la autorización de forma voluntaria, esta Juez Unipersonal VII del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, lo HOMOLOGA y le imparte su aprobación en los mismos términos en que fue suscrito, y lo da por consumado. Se ordena el cierre y archivo del presente asunto. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ

ABG. AIMAR VALENCIA RIZO
EL SECRETARIO

ABG. IVAN CEDEÑO.