REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio XIV
Caracas, 09 de enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO: AP51-V-2008-018329
Vista la diligencia de fecha 18 de diciembre de 2008, suscrita por la ciudadana NATACHA ALEXANDRA NOGUERA MARRON, titular de la cédula de identidad Nº V-6.518.682, debidamente asistida por la Abogado CLOTILINDA GOMEZ DE SOUSA e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 55.540, en la cual desiste de la presente demanda de fijación de régimen de convivencia familiar; en consecuencia, esta Juez Unipersonal N° XIV de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; procede a HOMOLOGAR el presente DESISTIMIENTO en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; expídanse por secretaría las copias certificadas; así mismo, se acuerda la devolución de los originales solicitados todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos necesarios por la parte interesada. Y así se establece.-
LA JUEZA


ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA

LA SECRETARIA


ABG. THAIRYT HERNANDEZ


YLV/TH/Marjorie
AP51-V-2008-018329