REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y
Nacional de Adopción Internacional
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 15
Caracas, ocho (08) de Enero de 2009
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-020397
Vista la Solicitud de AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR, presentada por el ciudadano VICTOR DANIEL GARCIA MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.899.774 debidamente asistido por el Abg. RAFAEL SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.840; esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 138 del Código Civil Venezolano en concordancia con el parágrafo cuarto, literal e) del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sin perjuicio de terceros y sin entrar a prejuzgar lo dicho por los testigos promovidos, concede al ciudadano VICTOR DANIEL GARCIA MORALES, supra identificado, Autorización para Separarse temporalmente de la residencia conyugal, y residenciarse en: la Avenida Principal de Ruiz Pineda, UD7, Bloque 4, escalera 2, piso 2, apartamento 206, Caricuao . Así se declara.
En consecuencia, expídanse por Secretaría las copias certificadas que requiera el solicitante, con inserción de la presente decisión. Así mismo, se acuerda la devolución de los documentos originales consignados en autos, dejándose copia certificada de los mismos en el presente asunto, y el archivo del presente expediente. Cúmplase.
LA JUEZA,
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA ACC,
ABG. CAROLINA HERRERA
YCH/CH/Yvette
Motivo: Autorización Judicial para Separarse del Hogar
ASUNTO: AP51-S-2008-020397
|