ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-004701
PARTE ACTORA: JOSE LEONARDO PEREZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ALEXANDER PEREZ.-
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES ACBJ-36 C.A. (RESTAURANT METROPOLITANA CAFÉ 2007)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YARILLIS VIVAS
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
Hoy, 13 de Enero de 2009, a las 01:30 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos ALEXANDER PEREZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 63.145, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano JOSE LEONARDO PEREZ, titular de la cédula de identidad N° 17.357.536, y la abogada en ejercicio YARILLIS VIVAS, inscrita en el IPSA bajo el N° 86.849, en su carácter de apoderada judicial de la demandada, carácter que consta en autos, los cuales han llegado al presente acuerdo: La parte demandada ofrece cancelar como único pago a la parte actora la cantidad de Bs.(8.800), por conceptos de prestación de antigüedad, salarios caídos, indemnizaciones del 125, utilidades, vacaciones y bono vacacional fraccionados, el cual será pagado en fecha 23 de Enero de 2009, mediante cheque librado contra la Entidad Financiera a elección del ex-patrono a favor del actor, ante la URDD, a los fines de dar por concluido el presente juicio. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta la cantidad ofrecida sin más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del presente expediente y se acuerde sendas copias certificadas de la presente acta. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo una vez que conste en autos la cancelación del pago único acordado se ordenará el cierre y archivo del presente expediente, así como su correspondiente cierre informático. Se deja constancia que en esta audiencia se le hace entrega a las partes de las pruebas traídas al Juicio, en virtud de la mediación.-
Es todo. Terminó y conforme firman:
La Juez
Abg. Gloria García Guzmán
Apoderado parte actora.
Apoderada parte demandada
El Secretario
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